ASPECTOS QUE DERIVAN DE LA APLICACIÓN DE LA PROVIDENCIA DE FACTURACIÓN 0071 DESDE NOVIEMBRE DE 2011 E-Mail: tavozam@gmail.com Con la entrada en vigencia de la Providencia Administrativa Nº 0071, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el 8 de noviembre del 2011, la conducta de los contribuyentes prestadores de servicios obligados al uso de máquinas fiscales y en particular, al sector de comidas y bebidas, a tomado un sentido distinto al que exige el artículo 49 de dicho instrumento legal. Este artículo en referencia, prohíbe a estos prestadores de servicios la emisión y entrega de los famosos cortes de cuentas, informes gerenciales, comandas, estados de cuenta, etc, documentos estos No Fiscales; es decir sólo están obligados a emitir una vez prestado el servicio la “Factura” legalmente emitida por la máquina fiscal, es este documento el que reflejará los montos totales de los consumos recibidos por parte del usuario del servicio. Sin embargo, en
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