TRATAMIENTO DE LAS RETENCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SOBRE ALQUILER DE INMUEBLES QUE FORMA PARTE DE LOS ACTIVOS DE UNA HERENCIA. Por: Gustavo A. Zambrano M. tavozam@gmail.com Un tema que ha planteado duda y que recojo, a los fines de compartirlo con todos mis amigos y seguidores, lo representa las retenciones de impuesto sobre la renta que deben realizar los inquilinos o arrendatarios personas jurídicas o comunidades al momento de pagar los canon de arrendamiento sobre bienes inmuebles residenciales o comerciales, cuando el propietario de los mismos fallece y dicho inmueble pasa a formar parte de los activos de una sucesión testamentaria o ab-intestato (sin testamentos). La incertidumbre se manifiesta inclusive, sobre el monto a retener tomando en cuenta la formación de una comunidad sucesoral como nueva propietaria del inmueble alq...
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Declaración del ISLR personas naturales
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TIPS QUE DEBEN CONOCER LAS PERSONAS NATURALES PARA PREPARAR LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISLR) Por: Gustavo A. Zambrano M tavozam@gmail.com 1. Están obligados a declarar el ISLR todas las personas naturales residentes en el país que obtengan un enriquecimiento global neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) equivalentes a Bsf. 76.000,00 durante el año civil 2011. Las personas residentes en la República Bolivariana de Venezuela son aquellas que permanecieron en su territorio por más de ciento ochenta y tres (183) días de manera continua o discontinua durante ese mismo ejercicio fiscal o en el ejercicio 2010; independientemente de su nacionalidad, es decir, un extranjero puede ser considerado a los fines tributarios como un residente o domiciliado en la República Bolivariana de Venezuela y por tanto obligado a declarar sus renta global neto. Hay una presunción...
Providencia sobre Facturación Nº 00071
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ASPECTOS RELEVANTES SOBRE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA DE FACTURACIÓN Providencia Administrativa Nº SNAT/2011/00071 de fecha 8 de noviembre de 2011, publicada en la Gaceta Oficial de la república Bolivariana de Venezuela Nº 39.795 de 08 de noviembre de 2011 Por: Gustavo A. Zambrano M. Abogado Tributario tavozam@gmail.com Me comprometo a realizar una serie de análisis sobre el instrumento legal identificado en el título, que constituye un conocimiento de suma importancia para los contribuyentes y asesores fiscales, evitando a los primeros, multas por la inobservancia de una norma vigente. Comienzo hoy, con un aspecto que me ha llamado poderosamente la atención referida a los prestadores de servicios de comidas y bebidas, en la que se observa reiteradamente una conducta violatoria de la obligación formal incorpora...