TRIBUNALES SEÑALADOS EN LA LOPNA SON LOS COMPETENTES PARA RECONOCER LAS RELACIONES CONCUBINARIA O ESTABLES DE HECHO CUANDO EXISTAN NIÑOS, NIÑAS O ADOLESCENTES Por: Gustavo A. Zambrano M. tavozam@gmail.com @tavozambrano En esta oportunidad les presento un tema debatido recientemente (año 2012), con relación a la incompetencia que tienen los Tribunales Civiles para conocer sobre las solicitudes de reconocimiento de unión concubinaria o unión estable de hecho cuando se encuentre involucrados dentro de esas uniones, niños, niñas o adolescentes. Se trata en esta oportunidad, de cumplir con el derecho constitucional del juez natural consagrado en el artículo 49.4 de nuestro texto fundamental. Con ello, se garantiza que los juicios sean tramitados por el juez idóneo y especialista en las áreas de su competencia, pues la i...
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EXONERACIÓN DEL ISLR POR LAS OPERACIONES DE LOS PROYECTOS DE RECUPERACIÓN DE LA CAPACIDAD DE PRODUCCIÓN Y DESPACHO DEL MINERAL DE HIERRO EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE VENEZUELA Y CHINA. (GACETA OFICIAL Nº 40.262 DEL 1 DE OCTUBRE DE 2013) ____________________________________________________________________________________ DECRETO N° 447 ...
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OBLIGACIÓN DE INFORMAR AL SENIAT LA ACTIVIDAD PRINCIPAL DEL CONTRIBUYENTE Por: Gustavo A. Zambrano M. tavozam@gmail.com @tavozambrano En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 40.262 del 01 de octubre de 2013, se publicó la Providencia Administrativa número 0066, en él se exige a todas las personas jurídicas, comunidades y entidades con o sin personalidad jurídica, que estén obligadas a inscribirse en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), la obligación de suministrar electrónicamente al SENIAT, la información relativa a la actividad económica principal desarrollada por el sujeto obligado. De acuerdo a la Providencia Administrativa 0048 (G.O 40.214 del 25/07/2013) que regula el Registro Único de Información Fiscal (RIF), están obligados a inscribirse en el Registro único, i) todas ...
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I.P.C. O I.N.P.C. GRAN DILEMA PARA EL CÁLCULO DEL AJUSTE POR INFLACIÓN FISCAL Por: Gustavo A. Zambrano M. tavozam@gmail.com @tavozambrano Vamos a tocar en esta oportunidad un tema de suma importancia para el cálculo del Impuesto sobre la Renta, como lo es, la utilización del Índice de Precio al Consumidor (IPC) del Área Metropolitana de Caracas o el Índice Nacional de Precio al Consumidor (INPC), para determinar el resultado del ajuste por inflación fiscal que se sumará y restará de la renta neta para establecer la base imponible para el cómputo del impuesto del ejerció fiscal correspondiente. Sostengo que se trata de una tesis de suma importancia, ya que desde el año 2008, el Banco Central de Venezuela (BCV) conjuntamente con el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) publicaron una resolución en el que se o...
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DECLARACIÓN ELECTRÓNICA DEL IMPUESTO SUCESORAL. Por: Gustavo A. Zambrano M. tavozam@gmail.com @tavozambrano El día 29 de julio del presente año, fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.216, la Providencia Nº 0050 en el que se obliga a los herederos y legatarios a presentar electrónicamente sus declaraciones del impuesto sobre sucesiones, así como las declaraciones que sustituyan las presentadas bajo este sistema electrónico . Esta obligación se encuentra vigente desde el 29 de julio del presente año Para el caso de haber presentado la declaración sucesoral originaria de forma manual y se necesite presentar una declaración sustitutiva luego de estar vigente la Providencia Nº 0050, las misma debe presentarse de manera manual, es decir, no aplica la declaración electr...